El rotulado o etiquetado nutricional según el Código Alimentario Argentino (CAA) es toda inscripción, leyenda, imagen o toda materia descriptiva o gráfica que se haya escrito, impreso, marcado, marcado en relieve o huecograbado o adherido al envase del alimento.
Es un instrumento de gran relevancia debido a la enorme variedad de productos que se ofrecen en el mercado. Tiene como finalidad orientar al consumidor en la decisión de compra, brindando información sobre características particulares de los alimentos, su forma de preparación, manipulación y conservación, su contenido y sus propiedades nutricionales. De esta manera se contribuye a mejorar la nutrición de la población para que adopte una alimentación saludable.
La información de los rotulados y etiquetas de los alimentos debe presentarse en un lenguaje sencillo, de fácil comprensión acerca de las propiedades y cualidades de los alimentos en cuestión.
¿Qué información debe tener el rótulo de los alimentos envasados?
- Denominación de venta del alimento
- Lista de ingredientes
- Contenidos netos
- Identificación del origen y de lote
- Nombre o razón social y dirección del importador
- Fecha de duración o vencimiento
- Preparación e instrucciones de uso del alimento cuando corresponda.
La denominación de venta del alimento es el nombre específico que indica la verdadera naturaleza y las características del alimento.
La lista de ingredientes debe incluir todos los ingredientes enumerándose en orden decreciente de peso inicial, apareciendo en primer lugar el ingrediente que predomina en el alimento, así como los aditivos alimentarios.
Los contenidos netos representan el peso del alimento, se refiere a la cantidad en gramos, kilogramos o cc, o litros de los alimentos en cuestión. La capacidad del envase debe guardar relación con el volumen real del producto, no pudiendo existir entre ambos una diferencia mayor a 10% para envases opacos herméticamente cerrados y del 5% cuando se trate de envases transparentes.
La identificación de origen se refiere al nombre o razón social del fabricante, el domicilio de la razón social, el país de origen y localidad, el número de registro o código de identificación del establecimiento elaborador.
La identificación de lote, es una clave que indica el conjunto de artículos de un mismo tipo, procesados por un mismo fabricante en un espacio de tiempo determinado bajo condiciones esencialmente iguales.
La fecha de duración o vencimiento, se refiere a la vida útil o tiempo de consumo apto del alimento; para los productos que tengan una duración mínima no superior a tres meses deben contar con el día y el mes, y para los productos que tengan una duración mínima de más de tres meses el mes y el año. La fecha se debe declarar con algunas frases como “consumir antes de”, “válido hasta”, “validez”, “val”, “vence”, vencimiento”, “consumir preferentemente antes de” y toda la información debe ser clara.
La preparación e instrucciones de uso del alimento cuando corresponda el rótulo deberá contener las instrucciones necesarias sobre el modo apropiado de empleo, incluida la reconstitución, la descongelación y/o el tratamiento que deba realizar el consumidor para el uso correcto del producto.
Un estudio de la Sociedad Argentina de Nutrición, SAN 2020, dio como resultado un incremento en la población de sobrepeso y obesidad del 49 % a 66 %. En la actualidad se está evaluando en el Senado de la Nación el Proyecto de Ley del etiquetado frontal de los alimentos con el fin de que haya mayor claridad en los rotulados de alimentos. El proyecto plantea identificar los envases de aquellos productos con altos contenidos de sodio, azúcares , grasas saturadas , grasas totales y calorías.
El etiquetado frontal (EF) está destinado a promover mayor facilidad en la comprensión de la información, evaluación nutricional y promoción de una alimentación saludable en las escuelas, a través de medidas tendientes a mejorar los entornos alimentarios y así prevenir el sobrepeso y la obesidad.
A través de los octógonos negros en el etiquetado frontal se da advertencia garantizando información al consumidor de aquellos alimentos con exceso en grasa, azúcar y sal, nutrientes que son nutrientes críticos para el desarrollo y aumento del sobrepeso, la obesidad y las enfermedades crónicas no transmisibles.
Algunas críticas que se le hacen al sistema de etiquetas negras son:
- No muestra los aspectos positivos de los alimentos
- Estigmatiza o demoniza a los alimentos procesados
- No se logra mejorar la alimentación de la población porque el consumo de alimentos procesados no es el principal problema en la alimentación de la población argentina.
- Es insuficiente para cambiar conductas alimentarias
- Es poco efectivo para reducir el sobrepeso y la obesidad.
Lo antes mencionado hace necesario el desarrollo de campañas educativas y mayor concientización de la población en general sobre la importancia de adquirir hábitos alimentarios saludables de modo informado.
El proyecto de ley frontal busca garantizar el derecho a la salud y a una alimentación saludable brindando información nutricional simple y comprensible de los alimentos envasados. También, en el caso de los productos con edulcorantes debe contener una leyenda precautoria inmediatamente por debajo de los sellos de advertencia, con la leyenda: “contiene edulcorantes, no recomendable en niños”.
Recordar que siempre es mejor estar informados para que nuestras elecciones y decisiones sean conscientes y responsables y ante cualquier inquietud siempre consultar a un Licenciado en nutrición.
Servicio de Alimentación